El Gobierno nacional estableció las condiciones, plazos y requisitos que reglamentan la operatividad del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), por lo que las empresas ya podrán postular sus proyectos de inversión a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el gobierno dió a conocer cambios en la reglamentación; en primer lugar, se califica a las sucursales dedicadas o especiales como aquellas de “una sociedad anónima, de responsabilidad limitada o constituida en el extranjero que adhiera al RIGI y que tenga por único objeto el desarrollo de un Proyecto Único”.
Además, los tipos de mercaderías susceptibles de ser importadas por los proveedores de bienes adheridos al RIGI son dos: por un lado, los “insumos y bienes intermedios destinados exclusivamente a la transformación y/o perfeccionamiento industrial que resulte en otro bien identificado como ‘Bien de Capital’ (BK)”, o los bienes finales identificados como ‘Bien de Capital (BK)’ y/o ‘Bien de Informática y Telecomunicaciones (BIT)’”.
Estas modificaciones buscan las primeras inversiones extranjeras en la Argentina y así ingresar dólares al país.
“En ningún caso, el proveedor adherido al RIGI podrá proveer al VPU insumos o bienes intermedios importados que no hayan sido sometidos a un proceso de transformación que otorgue al bien provisto una nueva forma resultante, entendiéndose por tal el salto de partida arancelaria”, especificó el Poder Ejecutivo.
A su vez, aclaró que están obligados a informar a la Autoridad de Aplicación la concreción de la contratación dentro de los cinco días hábiles de ocurrida. A partir de este plazo también se podrá disponer de la mercadería para los fines informados y autorizados sobre la base del RIGI.
Este régimen, que queda operativo a partir de la Resolución 1074/2024, apunta a dar previsibilidad, seguridad jurídica y fija reglas claras para el desarrollo de proyectos, en especial con potencial exportador.